¿Por qué una financiera pide garantía o aval?
Una financiera pide garantía o aval para reducir el riesgo de no recuperar el dinero prestado: si quien recibe el crédito no paga, la garantía (un bien) o el aval (una persona que responde) le dan una fuente de pago alternativa. Es un mecanismo de respaldo, no un castigo; a menor riesgo percibido, menos respaldo suele exigirse, y algunos modelos —como el crédito grupal— lo sustituyen por el respaldo solidario.
La garantía o el aval reducen el riesgo de impago para la entidad.
Le dan una fuente de pago alternativa si el acreditado no cumple.
No siempre son obligatorios.
Hay esquemas, como el crédito grupal, donde el respaldo solidario sustituye a las garantías tradicionales.
Cuando una entidad financiera otorga un crédito asume un riesgo: que el dinero no se recupere. La garantía y el aval son mecanismos para reducir ese riesgo y, con ello, poder ofrecer crédito a más personas y en mejores condiciones.
Conviene distinguir los dos términos. La garantía (o colateral) es un bien que respalda el crédito —un inmueble, un vehículo, inventario o cuentas por cobrar— y que la entidad podría hacer valer si no se paga. El aval (u obligado solidario) es una persona que se compromete a responder por la deuda si el acreditado no lo hace, con su propio patrimonio.
Para quien pide el crédito, ese respaldo le da certeza a la entidad, y esa certeza suele traducirse en acceso al financiamiento y en condiciones más favorables. A mayor riesgo percibido —por ejemplo, sin historial crediticio ni garantías— mayor tiende a ser el respaldo solicitado.
No siempre es indispensable: existen metodologías que sustituyen la garantía tradicional. En el crédito grupal, el respaldo solidario del grupo cumple esa función y abre la puerta a quienes no tienen garantías ni historial bancario. En el factoraje, el respaldo son las propias cuentas por cobrar de la empresa.
Si te piden ser aval u obligado solidario, tómalo con seriedad: el avalista, obligado solidario o coacreditado responde como obligado principal por el total del pago frente a la entidad financiera. Conviene entender bien ese compromiso antes de firmarlo.
Este contenido es de carácter informativo y no constituye una oferta vinculante. Las garantías o avales aplicables dependen de cada producto y de cada entidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre garantía y aval?
La garantía es un bien que respalda el crédito (puede hacerse valer si no se paga); el aval es una persona que se compromete a responder por la deuda si el acreditado no cumple.
¿Puedo obtener crédito sin garantía ni aval?
En ciertos esquemas, sí: el crédito grupal se basa en el respaldo solidario y el factoraje en tus cuentas por cobrar. La elegibilidad se evalúa caso por caso; es información general, no una oferta vinculante.
¿Qué responsabilidad asume un aval u obligado solidario?
Responde como obligado principal por el total del pago frente a la entidad financiera. Es un compromiso serio que conviene comprender por completo antes de aceptarlo.
Información de carácter informativo; no constituye oferta vinculante.